¿Qué obligaciones fiscales tiene alguien que recibe una herencia?

Uno de los momentos más difíciles de nuestra vida es cuando afrontamos la pérdida de un ser querido. El fallecimiento de una persona cercana suele ser algo que nos pilla fuera de juego, y rara vez estamos preparados para ello.

Es por eso que, durante la etapa de duelo, no sea el mejor momento para encargarnos de todo el papeleo que conlleva la tramitación de la herencia, y por lo general, delegamos esta gestión en un profesional.

Pero, ¿cuáles son los trámites necesarios para gestionar una herencia y evitarnos sanciones por parte de la administración?

A continuación, le explicamos paso a paso todo lo que necesita saber para tramitar una herencia en Andalucía, y así pueda tener una idea clara a la hora de elegir al profesional que le va a llevar la gestión.

Cómo tramitar una herencia en Andalucía

Impuesto de Sucesiones

Lo primero que tenemos que tener en cuenta es el plazo. Tenemos seis meses desde la fecha de fallecimiento para presentar el Impuesto de Sucesiones ya que, aunque la cuota a pagar sea 0, es obligatoria su presentación en la Agencia Tributaria de Andalucía, siendo sancionado cada heredero que no la realice. 

Con seis meses suele bastar para gestionar una herencia sencilla, pero en ocasiones, los herederos viven en otras ciudades, o hay circunstancias personales que dificultan la gestión, y puede ser que esos seis meses no sean suficientes para tramitar toda la documentación. En ese caso, antes de que termine el quinto mes del plazo, se puede pedir una prórroga de otros seis meses más. Así que, si crees que el primer plazo no va a ser suficiente para vuestra herencia, ten en cuenta esta posibilidad y pide a tu gestor que solicite la prórroga.

Ahora vamos a proceder a detallar la documentación básica para la tramitación de la aceptación de la herencia y la posterior presentación de los impuestos obligatorios.

Certificado de Defunción

El primero de los documentos que vamos a necesitar es el Certificado de Defunción. Este es un documento oficial, que suelen entregárselo a la familia durante el proceso funerario y normalmente entregan varias copias. También lo puedes solicitar en el Registro Civil de la ciudad donde tuvo lugar el fallecimiento, o a través de la Sede electrónica del Ministerio de Justicia.

Certificado de Últimas Voluntades y Certificado de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento

Los siguientes documentos necesarios son el Certificado de Últimas Voluntades y Certificado de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento. Se solicita en cualquier Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia, y tiene un precio de 3,86 euros cada uno. Estos documentos se entregan al momento de su solicitud, y es necesario aportar copia y original del Certificado de defunción, y el modelo 790 con el justificante de pago de la tasa. En el certificado de últimas voluntades aparece si el fallecido había otorgado testamento o no, y en caso afirmativo, los datos de la fecha y Notaría donde se realizó. En el Certificado de Seguros, aparece si el fallecido tenía contratado algún seguro de cobertura de fallecimiento, que también es necesario saber a la hora de tramitar la escritura de herencia.

Si el fallecido tenía testamento, debemos solicitar una copia autorizada en la Notaría donde se firmó, y cuyos datos aparecen en el Certificado de Últimas Voluntades.

Declaración de Herederos

En caso de que no existiese testamento, habrá que hacer una Declaración de herederos, que es un documento que se firma ante Notario. Para este trámite, es necesario justificar quiénes son los herederos, mediante aportación del D.N.I del fallecido y los herederos y el libro de familia. No es necesario que lo firmen todos los herederos, pero sí que comparezcan al menos un heredero y dos testigos.

Por último, necesitamos tener escrituras de todos los inmuebles que estuviesen a nombre del fallecido, así como los documentos que justifiquen todos sus bienes a fecha de fallecimiento. 

Por lo tanto, necesitamos escrituras de propiedades, y certificados bancarios de saldo en cuenta a fecha de fallecimiento. Las entidades bancarias suelen pedir el Certificado de Defunción y copia del testamento o Declaración de herederos para emitir este certificado, que necesitaremos para presentarlo en Notaría el día de la firma de la aceptación de la herencia.

Ya tenemos toda la documentación necesaria para acudir a Notaría.

El día de la firma de la Escritura de Aceptación de Herencia, es necesario que comparezcan todos los herederos que aceptan la herencia.

La herencia se tiene que aceptar de forma íntegra, es decir, que no se puede aceptar una parte y renunciar a otra.

Una vez firmada la escritura, y aceptada la herencia, se procede a registrarla en el Registro de la vivienda correspondiente, siempre y cuando se haya heredado algún tipo de inmueble.

Último paso, presentación y liquidación de impuestos

Por último, se procede a la presentación y liquidación de los impuestos: 

  • Impuesto de Sucesiones: se presenta a través del modelo 660 y 650. Actualmente en Andalucía están exentas de pago las cantidades por debajo del 1.000.000 de euros por heredero. Es decir, no pagas nada si no heredas más de un millón de euros. Pero recuerda que aún así, estás obligado a su presentación.
  • Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU): o lo que todos conocemos como la plusvalía municipal. Este es un tributo municipal que se paga cuando, a consecuencia de la transmisión de un inmueble, se ponen de manifiesto ganancias. En el caso de la herencia, la parte heredada cambia de titular, por lo tanto, hay que liquidar la Plusvalía de la misma. En algunos casos este tributo supone la parte más costosa de la herencia. 

Una vez liquidados y presentados estos impuestos en sus correspondientes administraciones, podemos dar por finalizado el trámite de la herencia.

Gestiona tu herencia con total calma y confianza

Como hemos comentado al principio del artículo, seis meses suelen ser necesarios para este trámite, aunque es cierto que no es sencillo de realizar para una persona que no está puesta en temas de administraciones e impuestos.

Por eso es Asesoría Andújar, le tramitamos su herencia de forma sencilla y eficaz, y le acompañamos durante todo el proceso, incluida la firma en notaría, para que usted pueda gozar de la tranquilidad que necesita en estos difíciles momentos, y pueda dedicar su tiempo a lo que de verdad importa: su familia.

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